El presidente Juan Manuel Santos firmó el Decreto 2133 de 2016, que establece topes para llegar a la prohibición de las importaciones de mercurio, así como fortalece los controles mediante registros y licencias para la comercialización del químico.
El documento conocido por Caracol Radio establece un cupo de 63 toneladas para la importación de mercurio para este 2017. Se permiten 40 toneladas hasta el 15 de junio y 23 toneladas más desde ese momento hasta el 15 de septiembre.
A partir de esta fecha y hasta el 15 de septiembre del 2020, solo se autoriza un cupo anual de 2 toneladas para ser utilizado en actividades diferentes a la minería.
De manera que desde septiembre de este 2017, se prohíben las importaciones de mercurio para actividades mineras.
Además establece la norma que a partir de septiembre del 2020, se prohíbe la importación del químico para el uso en procesos industriales y productivos.
Se establece además un registro único nacional de importadores y comercializadores autorizados, así como se fortalecen los requisitos para las licencias de importación y comercialización.
El Gobierno espera que con la nueva norma, se ayude a reducir y eliminar de manera segura y sostenible el uso del mercurio para erradicar su uso en todo el territorio nacional, para la minería en un plazo máximo de cinco años y en máximo diez años para los procesos industriales y productivos en el país.
Fuente: caracol.com.co
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