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El reto del Congreso

El calendario legislativo no admite prórrogas. A más tardar el 20 de octubre, la Cámara de Diputados deberá votar el dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para

hace una hora

Última Publicación El reto del Congreso por Editorial public

El calendario legislativo no admite prórrogas. A más tardar el 20 de octubre, la Cámara de Diputados deberá votar el dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para 2027; inmediatamente después será el turno del Senado. Lo que debería ser un debate soberano sobre política hacendaria corre el riesgo de convertirse en una trampa aritmética: aprobar una reforma tributaria para cubrir un boquete financiero que el gobierno intenta ocultar.

Los números explican la urgencia. Al cierre de agosto de 2026, el impuesto sobre la renta, principal pilar de la recaudación, cayó 5.58% en términos reales. Frente a esa disminución, el Ejecutivo intenta recuperar capacidad recaudatoria modificando las reglas hacia adelante para obtener, según sus propias estimaciones, hasta 140 mil millones de pesos. El mecanismo es sencillo de explicar: limitar deducciones legítimas y restringir a la mitad la amortización de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

El problema comienza cuando el Estado abandona la capacidad contributiva como fuente del tributo, para empezar a gravar una renta que no existe.

La discusión no es, por tanto, solamente recaudatoria. Es constitucional. La fracción IV del artículo 31 establece que las contribuciones deben atender a los principios de proporcionalidad y equidad. La Suprema Corte ha sostenido que la carga tributaria debe corresponder a la auténtica capacidad contributiva y que, para determinarla, deben reconocerse los gastos indispensables para generar el ingreso. Si una empresa incurre en un gasto real para generar ingresos, prohibir su deducción no hace desaparecer el gasto. Simplemente convierte, por decreto, esa erogación en utilidad ficticia y luego en base para el cálculo del impuesto. La iniciativa excluye de este cerco a las personas morales con ingresos acumulables de hasta 50 millones de pesos.

Y aparece una pregunta incómoda: ¿por qué 50 millones de pesos?

La iniciativa establece ese umbral para diferenciar el tratamiento fiscal de las empresas. La facturación bruta no necesariamente refleja capacidad contributiva. Dos compañías pueden operar en el mismo sector, con márgenes semejantes y enfrentar costos similares, y sin embargo, recibir un tratamiento fiscal distinto simplemente porque una de ellas supera un límite que carece de fundamento doctrinal. El Congreso debería explicar la razón objetiva de esa frontera.

Una distorsión semejante ocurre con las pérdidas legítimamente generadas en ejercicios anteriores. Impedir su compensación íntegra no modifica la historia financiera de la empresa; modifica artificialmente la historia que el fisco utiliza para cobrarle impuestos.

En este contexto sorprende el silencio de las organizaciones empresariales. El Consejo Coordinador Empresarial y la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales han optado por la contención. La reforma fue envuelta en el discurso contra las empresas factureras y las nóminas simuladas, y disentir públicamente corre el riesgo de convertirse en una sospecha. El resultado es una mordaza peculiar: mientras las pequeñas empresas quedan fuera de la discusión y las grandes parecen escoger el pasillo o el tribunal, la reforma avanza sin encontrar una voz empresarial capaz de confrontarla.

Aquí aparece el verdadero reto del Congreso.

Los legisladores conocen la fragilidad jurídica que puede acompañar al dictamen. También saben que corregirlo tendría un costo inmediato: los 140 mil millones de pesos ya fueron incorporados a la arquitectura de ingresos con la que se pretende financiar un presupuesto presionado por obligaciones crecientes e inalterables, entre ellas el costo financiero de la deuda y el sistema pensionario.

Precisamente por eso la decisión importa.

Aprobar la reforma para que las cuentas cuadren no significa resolver el problema fiscal. Significa trasladarlo. Primero a los contribuyentes, después a los tribunales y finalmente a las finanzas públicas, cuando una eventual invalidez obligue a enfrentar una recaudación que nunca debió considerarse segura.

Hay victorias que contienen su propia derrota.

Si el Congreso aprueba una fuente de ingresos cuya constitucionalidad considera cuestionable porque necesita que los números cierren, habrá dejado de ejercer como contrapeso tributario para convertirse en una oficialía de partes hacendaria.

El Estado no puede recuperar margen fiscal inventando utilidades por decreto.

Autor: Guillermo Huízar

Editorial

Publicado hace una hora

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