Con esta suspensión se protege a la minera de todos los efectos de la reforma a la ley que fue impulsada por el Gobierno federal desde el pasado 8 de mayo.
Este miércoles, el juez Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Gabriel Regis, concedió a la minera canadiense Cobre de Mayo la primera suspensión provisional que protege a una minera contra todos los efectos de la reforma al sector, impulsada por el Gobierno y publicada el pasado 8 de mayo.
“Se concede la suspensión provisional solicitada para el efecto de que no se le aplique ninguna de las disposiciones del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, de la Ley de Aguas Nacionales, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de concesiones para minería y agua”, expresó el Juez.
Se trata de la primera suspensión provisional en contra de la Ley Minera aprobada por el Senado en mayo pasado, con el objetivo de limitar y regular el otorgamiento de concesiones para la explotación de minerales en el país. Además, eliminan la minería como una actividad preferente y establecen la obligación de realizar procesos de consulta ante los pueblos y comunidades en las que se deseen asentar las actividades mineras.
La nueva Ley Minera de México eliminó el carácter preferente de la minería y suprimió el concepto de terreno libre y primer solicitante, además de acortar el plazo de las concesiones de 50 a 30 años, con la posibilidad de prorrogarlas en dos ocasiones, cada una por 25 años, a través de una licitación pública.
Además de elevar los requisitos para los permisos de extracción de agua y se exige una concesión de agua para el sector minero con duración igual a la concesión y de prohibir la minería en zonas sin disponibilidad de agua, en áreas naturales protegidas o en zonas que pongan en riesgo a la población.
La nueva ley también obliga a las empresas mineras a contar con un Programa de Restauración, Cierre y Post-cierre de minas ante la SEMARNAT, dentro de los 365 días siguientes. Las empresas deberán realizar un proceso de consulta ante los pueblos y comunidades antes de iniciar sus actividades. Por otro lado, se reserva la actividad de exploración solo para el Estado, permitiendo concesiones en reservas mineras a través de un decreto presidencial.
Confían en que reglamento libere nuevas concesiones
El sector minero confía en que la reglamentación de la Ley Minera permita liberar nuevas concesiones para la industria, mismas que no se han otorgado desde que inició la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador, refirió Ricardo Moreno Trousselle, coordinador general de la “XXXV Convención Internacional de Minería 2023, Minería por un Mundo Nuevo”.
Agregó que, tras los diversos juicios de amparo que buscan suspender los efectos de las reformas aprobadas el abril pasado, confían en que el nuevo reglamento libere las trabas operativas y legislativas que hasta ahora no han quedado del todo claras.
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