Ley de (Anti) Minería Sustentable
��Éramos muchos y parió la abuela��, decía Fernando Alanís en conferencia magistral, haciendo referencia a la situación adversa de la minería mexicana, producto de la falta de certidumbre en las políticas públicas; caída en los precios de los metales; falta de entendimiento de la función social que ha tenido la industria minera en el país�� y al hecho de que le adjudicaran nuevos impuestos.
La frase vino a la memoria cuando supimos que la Senadora Dolores Padierna volvió a presentar la Iniciativa con Proyecto de Decreto para la expedición de la Ley de Minería Sustentable, suscrita originalmente en septiembre de 2013, aumentada luego de la Reforma Energética y el caso Río Sonora, pero no corregida, porque sigue tratando de vender la imagen de una industria minera desastrosa, injusta y contaminante.
Respecto a trabajar en un marco sustentable, la propuesta coincide con las prácticas de las mineras que operan en territorio mexicano. Sin embargo la Iniciativa dibuja la minería (en la Exposición de Motivos) como una industria inhumana que emplea personas ��con las medidas mínimas de seguridad y remuneración"", cuando es comúnmente sabido que la minería es de las profesiones mejor pagadas en el país, y que se ajusta a estrictos controles y normas de seguridad internacionales.
Los inversionistas extranjeros son culpados de un ��saqueo salvaje�� que precede al de la Corona Española. Del llamado entreguismo que favorece a una serie de empresas canadienses, según el texto, se hace referencia a Gammon Gold Resources, lo que hace pensar en una redacción apresurada. Más adelante se habla de tres ejes sustentables: ��ecológico, social y, aunque no parece tan evidente, el social�� (?).
Quienes estamos vinculados a la industria minera conocemos su enorme responsabilidad con la sociedad y el medio ambiente, sabemos que destina gran cantidad de recursos a estos rubros, aun en tiempos desafiantes; y esto lo constatamos frecuentemente en voz de las autoridades gubernamentales. Recordemos que la minería se considera un polo estratégico en el Programa de Desarrollo Nacional, mismo que persigue mayor competitividad e inversiones para el sector.
Básicamente, la Ley de Minería Sustentable busca redoblar el rigor extremo que actualmente limita el desarrollo de la industria extractiva; pretende quitarles todo margen de ganancia a los inversionistas a la vez que intenta ponerlos al servicio de las comunidades; y vuelve casi imposible la actividad minera. Estas son algunas disposiciones de la Ley:
Se requerirá la obtención de licencia social para el otorgamiento de concesiones de exploración y concesiones de explotación y beneficio; otorgamiento de asignaciones mineras; permisos de operación para actividades de beneficio realizadas fuera de los límites superficiales de una concesión minera; etc. La licencia social deberá ser otorgada por medio de un proceso de consulta o participación donde concurra la población interesada a partir de una convocatoria emitida por la Secretaría de Economía.
Las poblaciones participarán de las ganancias generadas por la minería a partir de cualquiera de los siguientes esquemas: a) Participación de los habitantes de las poblaciones en un porcentaje de las acciones de la empresa minera que no podrá ser inferior a un porcentaje suficiente para participar con voz y voto en las reuniones de accionistas de la misma. b) Reparto de un porcentaje de los ingresos netos de la empresa, en un monto que no podrá ser inferior al 5% de los mismos.
Corresponde a la parte solicitante de la concesión o asignación emitir información veraz sobre el proyecto de exploración o explotación y beneficio que promueve, así como de la Manifestación de Impacto Ambiental. Adicionalmente, se presentará un resumen de cada uno de estos documentos en lenguaje simplificado y comprensible y con traducción a la lengua de la población en cuestión. Los documentos se deben entregar a todos los grupos de interés, en un plazo de treinta días, posteriormente habrá una etapa de evaluación general de seis meses a partir de la fecha en que la Secretaría de Economía haya concluido sus labores de difusión. Entonces comienza un plazo de seis meses a un año para otorgar o negar la licencia social. La decisión tendrá carácter vinculante e inapelable.
No se concederán concesiones de exploración o de explotación y beneficio para aquellos proyectos de explotación de mediana y gran minería por medio de explotación profunda de tajo a cielo abierto o soportados o de tumbe y relleno. Tampoco para aquellos proyectos de explotación y beneficio minero que en sus procesos hagan uso de cianuro, mercurio, cadmio, molibdeno, entre otros.
Tampoco en zonas contiguas a monumentos públicos, históricos, arqueológicos, zonas rituales para comunidades indígenas, zonas bajo riesgo de contaminación radioactiva, zonas bajo riesgo de contaminación por impactos acumulativos o sinérgicos, así como núcleos poblacionales. Adicionalmente se considerará una franja de protección de 50 kilómetros establecidos a partir de los límites de estas áreas.
Tampoco en áreas destinadas a la producción de alimentos básicos para la población. Adicionalmente se considerará una franja de protección de 100 kilómetros establecidos a partir de los límites de estas áreas.
Los tiempos actuales o los años vividos nos reducen la capacidad de asombro, pero noticias como esta nos generan al menos una sonrisa irónica. La Ley en cuestión sería el fin de la minería. Carece de base; la licencia social es difícil de cuantificar y no figura en nuestra Carta Magna. Sabemos que hay una idea de bonanza relacionada con la minería, que a varios grupos de interés les genera intenciones oscuras, que prevalece la desinformación, que los partidos políticos requieren adeptos�� aun así nos consternamos cuando vemos estas iniciativas.
Fuente: Mundo Minero.