En un fallo contundente, el Juez Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México ha rechazado la solicitud de amparo presentada por el Sindicato Minero, reafirmando la ilegalidad de la toma de las instalaciones de la empresa ArcelorMittal México. Esta decisión valida que el emplazamiento a huelga no fue tramitado debido a la suspensión previa de labores antes de la fecha oficial del estallamiento de huelga.
El Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos, con sede en la Ciudad de México, determinó archivar un nuevo emplazamiento a huelga presentado por el Sindicato Minero, demostrando que las labores fueron interrumpidas ilegalmente. La toma de las instalaciones de ArcelorMittal México comenzó el 24 de mayo, y el Sindicato Minero presentó un emplazamiento a huelga el 30 de mayo, notificando el estallamiento de la misma para el 11 de junio.
El 8 de junio, tras verificar la toma ilegal de la siderúrgica y la falta de respeto a las determinaciones judiciales, el Juez del Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos ordenó archivar los procedimientos de huelga 770/2024 y 771/2024, correspondientes a la mina y la planta siderúrgica, respectivamente. Inconforme con esta decisión, el Sindicato Minero presentó una demanda de amparo contra la orden de archivo, la cual fue rechazada por el Juez Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México bajo el expediente 1702/2024-III.
En su demanda de amparo, el Sindicato intentó desacreditar al actuario que constató la toma de las instalaciones y confirmó la restricción violenta de los accesos, argumentando que la colocación de banderas rojinegras no era válida para considerar la huelga oficial. Sin embargo, el juez negó el amparo y protección solicitados, fortaleciendo la postura de ArcelorMittal México de que la toma de sus instalaciones constituye un secuestro por parte de los trabajadores inconformes y su sindicato.
Con la negativa del amparo y sin un emplazamiento oficial de huelga, se reitera que la suspensión de labores es ilícita y carece de fundamento legal. Además, esta situación podría dar lugar a una causa de fuerza mayor, permitiendo la terminación definitiva de la relación laboral colectiva e individual, un proceso actualmente en trámite ante los Tribunales Colectivos de Trabajo en la Ciudad de México. De ser favorable, esta resolución extinguiría el contrato colectivo de trabajo y finalizaría las relaciones laborales con todos los trabajadores involucrados.
Esta sentencia representa un nuevo revés para el Sindicato Minero y refuerza la legalidad de las acciones emprendidas por ArcelorMittal México para proteger sus operaciones y derechos laborales.
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