Funcionarios de nueve Direcciones Regionales de Energía y Minas (DREM) del norte del país participan desde la víspera y por tres días consecutivos, en el taller Estrategia de Saneamiento de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, organizada la Dirección General de Formalización Minera (DGFM).
Así lo informó hoy el Ministerio de Energía y Minas (MEM) que detalló que participan de esta capacitación -que se prolongará hasta mañana viernes 4- representantes de las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas de La Libertad, Piura, Tumbes, Amazonas, Áncash, Cajamarca, Loreto, San Martín y Tumbes.
El taller tiene como objetivo ampliar los conocimientos sobre la actividad minera, la estrategia de saneamiento de la pequeña minería y minería artesanal y el procedimiento de fiscalización de la información contenida en el Registro de Saneamiento; precisó la titular de la DFGM Alessandra Herrera Jara, al inaugurar el taller.
Agregó, que la capacitación “permitirá al personal de las DREM ampliar sus conocimientos en normatividad básica minera y manejar una visión integral sobre el proceso de formalización de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, a la luz de las estrategias implementadas en la etapa de saneamiento dispuesta por Decreto Supremo N° 029-2014-PCM”.
Los temas del taller serán desarrollados por ponentes de diferentes sectores como Sunat, Ingemmet, Sucamec, Sunarp, Ministerio de Cultura, Ministerio del Ambiente, Ministerio de Justicia, y el Ministerio de Energía y Minas.
Entre los principales temas figuran: “Ventanilla Única”, “Procedimiento de evaluación del Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo”, “Opinión Técnica favorable del Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo” y “Opinión favorable del Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo”.
El Decreto Supremo N° 029-2014-PCM, aprobó la Estrategia de Saneamiento de la Pequeña Minería y de la Minería Artesanal. Su aprobación trae consigo el desarrollo de Ejes Estratégicos, a fin de que aquellos sujetos en vías de formalización que iniciaron el proceso al amparo de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N °1105 o en el Decreto Supremo N° 006-2012-EM, lo culminen.
Fuente: andina.com.pe
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