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SCJN Otorga Primer Amparo Contra Reforma a la Ley Minera: Se Declara Inconstitucional el Artículo Quinto Transitorio

Ciudad de México (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó el primer amparo en contra de la reforma a la Ley Minera, impulsada en 2023

hace 2 meses

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Ciudad de México (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó el primer amparo en contra de la reforma a la Ley Minera, impulsada en 2023 bajo el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, declarando inconstitucional la disposición del artículo Quinto Transitorio que ordenaba desechar las solicitudes en trámite para nuevas concesiones mineras.


La Segunda Sala de la SCJN, conformada por los ministros Javier Laynez, Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán, determinó que este artículo violaba el principio de irretroactividad de la ley, afectando a las empresas que ya habían presentado sus solicitudes antes de la reforma. Según el fallo, se ordena continuar el trámite de concesión presentado en octubre de 2019 por el empresario Emiliano Ruiz Hernández, quien argumentaba que su solicitud debía ser evaluada conforme a las normas vigentes en ese momento.


La resolución de los ministros establece que el artículo transitorio no justifica por qué las solicitudes en proceso debían ser desechadas sin evaluación, lo cual afectaba los derechos adquiridos de los solicitantes. “Este tipo de disposiciones, al aplicarse de manera retroactiva, vulneran los principios legales en detrimento de los gobernados”, subrayó la sentencia.


Esta reforma fue aprobada durante la polémica jornada legislativa de abril de 2023, conocida como el “viernes negro”, cuando el partido oficialista Morena, sin la participación de la oposición, promovió cambios a la ley. La reforma no solo restringió las nuevas concesiones mineras, sino que impuso mayores requisitos a las empresas que ya operaban en el sector, lo que generó múltiples impugnaciones.


El Pleno de la Corte aún deberá resolver una acción de inconstitucionalidad presentada por la oposición, la cual argumenta que hubo violaciones al proceso legislativo durante la aprobación de la reforma. Sin embargo, para invalidar toda la reforma se necesitarían al menos ocho votos, una mayoría que se torna difícil de alcanzar tras el retiro próximo del ministro Luis María Aguilar Morales el 30 de noviembre.


Este fallo abre la puerta a más amparos por parte de empresas del sector minero que se vieron afectadas por las disposiciones retroactivas de la reforma.

Editorial

Publicado hace 2 meses

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