Autoridades mexicanas dijeron este martes que la queja de Estados Unidos bajo el mecanismo laboral de respuesta rápida del T-MEC, no aplica para un conflicto en la mina San Martín, de Grupo México y agregaron que el contencioso lo resolverá la justicia local.
El gobierno de México informó que el conflicto en la Mina San Martín en Sombrerete, Zacatecas, está fuera del ámbito de aplicación del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) del T-MEC y se resolverá en instancias judiciales mexicanas.
Las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social enviaron al gobierno de Estados Unidos los resultados de la investigación sobre la presunta denegación de derechos en perjuicio del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (Sindicato Minero) por parte de Grupo México, operador de la Mina San Martín en Sombrerete, Zacatecas.
La solicitud de revisión notificada por el gobierno de Estados Unidos a México está relacionada únicamente con la mina ubicada en San Martín, en Sombrerete, Zacatecas.
Este conflicto data de julio de 2007, cuando el Sindicato Minero estalló la huelga en la Mina.
Después de 16 años de litigio, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) emitió una resolución el 9 de junio de 2023, en la que dejo sin efectos el acuerdo dictado por esa misma autoridad el 23 de agosto de 2018, que daba por terminada la huelga a través de un convenio firmado entre Grupo México y una coalición de trabajadores.
Luego, el 14 de junio de 2023, la JFCA resolvió el juicio de imputabilidad de la huelga, dictando un laudo en favor del Sindicato Minero, el cual reconoce a éste como titular del contrato colectivo; declarando como responsable de causar la huelga a Grupo México, condenándolo a pagar salarios caídos y prestaciones y dando por terminada la huelga.
De los resultados de la investigación del gobierno de México sobre la presunta denegación de derechos se desprende que el conflicto se encuentra fuera del ámbito de aplicación del MLRR conforme al principio de irretroactividad de la Ley.
En un comunicado de prensa, ambas Secretarías argumentaron que esto se debe a que el conflicto de huelga inició en 2007 y los demás hechos que el Sindicato Minero señala como causas de denegación de derechos sucedieron antes de la entrada en vigor del T-MEC (2020); particularmente, el levantamiento de la huelga que acordó la JFCA con base en el convenio firmado entre Grupo México y una coalición de trabajadores, hecho que sucedió el 23 de agosto de 2018.
Asimismo, agregaron, no existe evidencia de que la dicha mina exporte mercancías a Estados Unidos.
De esta manera, el gobierno de México concluye que el conflicto en la Mina San Martín en Sombrerete, Zacatecas, está próximo a una resolución final en instancias judiciales mexicanas al encontrarse fuera del ámbito de aplicación al MLRR del T-MEC; y reitera su compromiso de velar por el respeto y cumplimiento de los derechos de las personas trabajadoras mexicanas conforme a las leyes y autoridades nacionales.
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