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Histórico Fallo de la SCJN: Anulan Concesiones de Agua a Empresas Mineras tras Amparo de Comunidad Rarámuri en Chihuahua

En un fallo sin precedentes, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha otorgado un amparo a la comunidad indígena rarámuri, El Trigo, del

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En un fallo sin precedentes, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha otorgado un amparo a la comunidad indígena rarámuri, El Trigo, del municipio de Uruachi, Chihuahua, anulando cuatro títulos de uso industrial de agua otorgados a las empresas mineras Coeur Mexicana y El Fresnillo. La razón principal: la falta de consulta previa con los habitantes de la región.

La comunidad rarámuri impugnó un Decreto que eliminó las zonas de veda de la Subregión Hidrológica del Río Fuerte y estableció áreas de reserva para el aprovechamiento de las aguas del río con fines industriales y urbanos. La sentencia destaca la ausencia de consulta con la comunidad antes de emitir dicho Decreto y los títulos de concesión.

La jueza de Distrito inicialmente desestimó el reclamo de la comunidad, argumentando que los títulos de concesión no afectaban su esfera jurídica al no encontrarse en su territorio. Sin embargo, la Corte reasumió la competencia y determinó que el Decreto y las concesiones sí afectaban a la comunidad indígena, exigiendo una consulta previa.

El proyecto aprobado por unanimidad ordena la anulación del Decreto y los títulos de concesión otorgados a las empresas mineras. Además, establece que en futuros decretos y concesiones en la Subregión Hidrológica Río Fuerte, deberá realizarse una consulta con la comunidad indígena y otras afectadas.

Este fallo destaca la importancia de respetar los derechos de las comunidades indígenas, especialmente en asuntos relacionados con el territorio, el agua y el medio ambiente. La SCJN envía un claro mensaje sobre la necesidad de la consulta previa como parte integral del respeto a los derechos de estas comunidades.

Editorial

Publicado hace un año

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