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Improcedentes recomendaciones de CNDH: Minera Pitalla

Las revisiones realizadas por la CNDH son de carácter subjetivo y ocular El complejo minero cumple con la legislación vigente en materia ambiental y de derechos humanos La compañía Minera

hace 3 años

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Las revisiones realizadas por la CNDH son de carácter subjetivo y ocular

El complejo minero cumple con la legislación vigente en materia ambiental y de derechos humanos

La compañía Minera Pitalla, operadora de la unidad minera “La Colorada”, subsidiaria de Argonaut Gold, ubicada en Sonora, refiere que son improcedentes las recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) a las autoridades de los tres niveles de gobierno, por supuestas afectaciones al derecho al medio ambiente, al agua, la vivienda adecuada y la salud, derivadas de las actividades mineras.

El complejo minero ha presentado puntualmente los informes de cumplimiento ambiental acordes a la normatividad vigente y ha sido inspeccionado por personal calificado de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

“Las revisiones realizadas por la CNDH, de carácter subjetivo y ocular carecen de viabilidad técnica al no ser realizadas por personal especializado, por tanto, no es posible que dicho organismo realice un diagnóstico sobre la modificación, actualización, revocación o sustitución, de las autorizaciones e informes preventivos en materia de minería”, comentó Margarita Bejarano, directora de responsabilidad social corporativa y ESG de Argonaut Gold en México.

La mina de oro y plata a cielo abierto ‘La Pitalla’, en La Colorada, cuenta con 10 años consecutivos recibiendo el reconocimiento de Empresa Socialmente Responsable (ESR), genera 430 empleos directos y 2 mil 150 indirectos.

Respecto a las detonaciones, diversos dictámenes e inspecciones de Profepa demuestran que no afectan la salud de los pobladores, aunado a que los Tribunales Federales han corroborado que el proyecto minero es seguro y respetuoso del medio ambiente, la salud de las personas y sus viviendas.

Cabe destacar que, en el ámbito penal federal se han abierto carpetas de investigación (FED/SON/HSO/0000862/2017 y FED/SON/HSO/0001572/2019), donde se ha determinado el no ejercicio de la acción penal en contra de la empresa, así como en el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Sonora donde se resolvió de manera firme que las detonaciones ocurridas por la operación minera no generan afectaciones al derecho al medio ambiente sano ni al derecho a la salud; lo cual fue comprobado a través de la prueba pericial correspondiente.

Minera Pitalla, cuenta con un análisis integral de impacto ambiental emitido por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la SEMARNAT con lo que se demuestra que el proyecto minero es acorde con el derecho al agua de las comunidades, ya que se cuentan con informes trimestrales que prueban que no genera contaminación de aguas subterráneas o superficiales.

Además, cuenta con circuitos cerrados en el uso del agua en los procesos de lixiviación, evitando así el contacto con cuerpos acuíferos al exterior de la planta. Las plataformas de lixiviación de la mina La Colorada disponen de un recubrimiento que cumple con los estándares internacionales más altos y realiza el monitoreo de aguas superficiales y subterráneas.

Por tanto, Minera Pitalla reafirma que, la legislación actual para desarrollar un proyecto minero vigila y garantiza el respeto a los derechos humanos y la protección al medio ambiente, y que el otorgamiento de concesiones por parte de la Secretaría de Economía no está condicionado al cumplimiento de obligaciones o a la obtención de permisos que concedan otras autoridades.

La subsidiaria de Argonaut Gold advierte que la ejecución de la recomendación hecha por la CNDH implicaría la violación del marco legal. En caso de que organismo inicie un juicio de lesividad, debe considerar que la SEMARNAT emitió las autorizaciones una vez que Minera Pitalla cumplió en tiempo y forma con los requisitos establecidos en la legislación aplicable y vigente.

Editorial

Publicado hace 3 años

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