COLUMNA
A finales de junio pasado, la recientemente nombrada secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, dirigió una carta a la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Lucía Piña, donde básicamente exigió una respuesta de por qué los ministros ganaban nominalmente más que el Presidente de la República.
La funcionaria federal argumentó que el artículo 127 de la Constitución Federal dice textualmente que “ningún servidor público podrá recibir remuneración por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Presidente de la República”.
Erigida, según sus propias palabras, como “vigilante” del cumplimiento de los preceptos constitucionales, dio un plazo de cinco días a la ministra para responder a la solicitud.
Aunque la carta de la secretaria de Gobernación carecía de sustento legal para solicitar a la Corte información sobre los sueldos de los ministros, el Poder Judicial optó por responderla a través de su secretario de Acuerdos, Rafael Coello Cetina, según señaló, a fin de fortalecer el diálogo entre los Poderes del Estado y en aras de rendir cuentas a la sociedad.
En un análisis jurídico contundente, el funcionario de la Corte explicó que los salarios que perciben los 11 ministros no violan el artículo 127 de la Constitución.
Primero le señaló que los sueldos de los ministros son legales y armónicos con la carta magna, ya que fueron aprobados por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos 2023.
Además, le recordó a la secretaria de Gobernación que el artículo 127 constitucional debe ser leído en concordancia con el 94, el cual dice textualmente que “la remuneración que perciban por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo”.
Además le recordó que en mayo de 2019 se declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, norma que reglamenta precisamente el artículo 127 de la Constitución, y que no establece “parámetros objetivos” para fijar los sueldos de los funcionarios, empezando por lo que gana el Presidente López Obrador.
Y es que en ese fallo, la Corte determinó que las remuneraciones de la burocracia en nuestro país no solo se integran por el salario bruto o efectivo, sino que además incluyen “todas las prestaciones en especie propias del cargo, entre otras, alimentación, transporte, habitación, menaje de casa, seguridad, (y) servicios de salud”.
Por lo tanto, debido a que la Ley Federal de Remuneraciones no precisa exactamente la integración total de las percepciones del Presidente de la República, en realidad se desconoce el monto exacto que constituye el límite salarial que deben tener los funcionarios.
Antes de impuestos, el presidente López Obrador recibe un sueldo bruto mensual de 174 mil 26 pesos, más 256 mil 119 pesos de aguinaldo, y una ayuda de despensa de 14 mil 580 pesos mensuales, que al año suman 2 millones 519 mil 391 pesos, dando un promedio de 209 mil 949.25 pesos al mes.
Pero es importante aclarar que como dice la respuesta de la Corte, esa cantidad no es la remuneración total del mandatario, pues esta también se compone del servicio de vivienda en Palacio Nacional, el pago de luz, agua y gas del departamento de 300 metros que habita en ese recinto, la seguridad que recibe, la atención médica que se le presta en el Hospital Militar, la alimentación y hospedaje en sus viajes, y los transportes terrestres y aéreos que utiliza.
Por desgracia, el detalle de esos ingresos es hasta ahora desconocido, si bien para este año el Presupuesto aprobado para la Oficina de la Presidencia asciende a 875.5 millones de pesos.
Dicen que el buen juez por su casa empieza. Quizás bajo esa lógica, hubiese sido mejor e incluso más acorde a la división de poderes, que la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, empezara por enviar una carta a su jefe para solicitarle que transparente el total de remuneraciones que recibe en efectivo y en especie por su encargo como Presidente de la República.
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