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Senado frena modificaciones a Ley Minera

Cuando la senadora de Morena, Angélica Arrieta, presentó la propuestas, las mineras registraron pérdidas en la bolsa de valores; la presidenta de la Comisión de Minería dijo que la propuesta

hace 5 años

Última Publicación Minería en Perú: Un panorama de exploración de cobre por Editorial public

Cuando la senadora de Morena, Angélica Arrieta, presentó la propuestas, las mineras registraron pérdidas en la bolsa de valores; la presidenta de la Comisión de Minería dijo que la propuesta estaba incompleta.

El Senado desechó totalmente la iniciativa presentada por la fallecida senadora de Morena, Angélica Arrieta, que hace cuatro meses tiró las acciones de las mineras en la bolsa de valores, al plantear un cobro adicional de impuestos ecológicos y nuevos requisitos para no cancelarles las concesiones.

Tras las protestas de las mineras y el ofrecimiento del presidente Andrés Manuel López Obrador, de que no se crearán nuevos impuestos en esta administración, la Comisión de Minería resolvió desecharla de plano.

Al ser presentada en noviembre pasado, el valor de las acciones de mineras como Grupo México, Minera Autlán y Peñoles, entre otras, cayeron en la bolsa, al plantear como requisito para la explotación la necesaria realización de estudios de impacto social y el cobro de impuestos ecológicos, pues de otro modo se cancelarían las concesiones de dichas empresas.

En sesión encabezada por la presidenta de la Comisión de Minería, la petista Geovanna Bañuelos, los senadores resolvieron que la iniciativa era incompleta y, por otra parte, ya existen disposiciones de regulación.

“Quienes integramos las Comisiones Unidas de Minería y Desarrollo Regional, y de Estudios Legislativos, coincidimos con la preocupación planteada por la Senadora Angélica García Arrieta, de regular el impacto social de los proyectos de infraestructura de los sectores público y privado, donde se desarrollen actividades de asignaciones y contratos de exploración y extracción y beneficio de minerales o sustancias en los términos de la Ley Minera”.

No obstante, la Iniciativa adicionaba funciones que competen a las secretarías de Economía y Hacienda, en materia de determinación de los montos económicos de apoyo a las localidades mineras.

“En materia presupuestaria se encontró que la Iniciativa es incompleta, ya que no se define el costo fiscal que implican tanto las nuevas funciones asignadas a la Secretaría de Economía y al Servicio Geológico Mexicano, así como las posibles cancelaciones mineras por el impacto de las medidas añadidas”.

“Adicionalmente, las actividades señaladas requerirán de recursos materiales y humanos cuyo financiamiento no señala el proyecto, lo que contraviene a lo establecido en el artículo 18 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la cual establece que a toda propuesta de aumento o creación del proyecto de Presupuesto de Egresos, deberá agregarse la correspondiente Iniciativa de ingreso distinta al financiamiento o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto”, establece el dictamen.

Por otra parte, la Norma Oficial Mexicana NOM-120-SEMARNAT-2011 establece las especificaciones de protección ambiental para realizar actividades de exploración minera directa, exceptuando la exploración por minerales radiactivos y las que pretendan ubicarse en áreas naturales protegidas y en sitios bajo alguna categoría de conservación, derivados de instrumentos internacionales de los cuales México forme parte.

“Es de observancia obligatoria para los responsables del proyecto a desarrollar en este tipo de actividades”, se puntualiza, entre otros argumentos para desecharla.

“Se desecha totalmente la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adicionan la fracción XVII, recorriéndose la actual, del artículo 7; la fracción XXVI, recorriéndose la actual, del artículo 9; el artículo 10 BIS; el inciso E) de la fracción II del artículo 13 bis; la fracción VIII del artículo 14; la fracción XV del artículo 27; la fracción VI del artículo 42; la fracción XIII, recorriéndose la actual, XIV y XV del artículo 55, todos de la Ley Minera”, se acordó, al ordenar que se archive el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Fuente: Milenio

Editorial

Publicado hace 5 años

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