El Servicio Geológico Mexicano concentrará la exploración minera en México, de acuerdo con los cambios recientes a la Ley Minera.
Esta nueva Ley se aprobó el 28 de abril de 2023 por el Senado, quien fue la cámara revisora tras aprobarse la iniciativa el 20 de abril en la Cámara de Diputados.
El Servicio Geológico Mexicano es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, coordinado sectorialmente por la Secretaría de Economía (Secretaría), cuyo objeto es, entre otros, garantizar un aprovechamiento sustentable de los recursos minerales.
Como resultado de los cambios, ahora corresponde a la Secretaría dirigir la exploración del territorio nacional con objeto e identificar y cuantificar los recursos minerales potenciales de la Nación, a través de órdenes de exploración emitidas al Servicio Geológico Mexicano, las cuales deben ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
Las órdenes otorgadas no tendrán vigencia.
A efecto de determinar geográficamente la exploración, el reglamento de esta Ley conformará un órgano deliberativo que coadyuve con la Secretaria en la definición de la política de exploración nacional minera.
Servicio Geológico Mexicano
Por causas de utilidad pública o para la satisfacción de necesidades futuras del país se pueden declarar zonas de reservas mineras, mediante decreto del Ejecutivo Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Además, de acuerdo con la nueva Ley Minera, los títulos de concesión y de asignación mineras y los decretos de declaración de zonas de reservas mineras se expedirán siempre y cuando se satisfagan las condiciones y requisitos establecidos por esta Ley y su Reglamento, sin perjuicio de terceros.
Por otro lado, la persona que cuente con información de la que se desprenda que en un lote no asignado o concesionado existen minerales o sustancias no estratégicas o reservadas al Estado, puede presentarla a la Secretaría para que ésta determine la conveniencia de ordenar al Servicio Geológico Mexicano la exploración.
Luego, el Servicio Geológico Mexicano podrá celebrar un convenio de colaboración con esa persona para la exploración del lote de que se trate, con vigencia improrrogable de hasta cinco años.
Por último, en caso de que, como resultado de la exploración, se determine que existen minerales o sustancias económicamente aprovechables, el Servicio Geológico Mexicano propondrá a la Secretaría que se lleve a cabo el concurso correspondiente, en el cual, la persona a que se refiere el párrafo anterior tendrá derecho a obtener la concesión si ofrece, al menos, 90% de la propuesta más alta y cumple con todos los requisitos de Ley para obtener la concesión.
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